Un crédito de carbono representa, por lo general, una tonelada de CO₂ equivalente reducida, evitada o absorbida mediante una actividad. Los derechos de emisión, en cambio, son permisos dentro de un sistema con un límite regulado de emisiones.
La calidad depende de la evidencia. La adicionalidad exige que el beneficio climático no se hubiera producido de todos modos. La cuantificación debe partir de una referencia creíble y someterse a verificación independiente.
También importa cuánto dura ese beneficio: si el carbono almacenado vuelve a la atmósfera, deben existir medidas para responder a esa pérdida. Un registro debe permitir seguir las unidades y evitar que el mismo resultado se contabilice o utilice dos veces.
El PNUD subraya además los derechos de las comunidades y la protección de los ecosistemas. Financiar proyectos mediante créditos debe complementar los recortes de emisiones de las empresas. Esta guía abre la cobertura del diario sobre la calidad y los usos de estos instrumentos.

